Para una mejor información, aquí tienes las respuestas a las preguntas frecuentes que surgen sobre el Certificado energético.
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Si, es igual. Al Certificado de eficiencia energética se le llama abreviadamente Certificado energético.
Todas las viviendas, pisos, casas y chalets que se vayan a vender o a alquilar, están obligadas a tener el Certificado energético. Las viviendas destinadas al alquiler vacacional y las casas rurales, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año no están obligadas a tener el Certificado energético porque no poseen un contrato de alquiler en base a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Todos los locales comerciales, tiendas u oficinas que se vayan a vender o a alquilar, están obligadas a tener el Certificado energético. Los edificios formados solo por locales comerciales, tiendas u oficinas con una superficie menor de 50 m2 no están obligados. Los garajes, los trasteros, los talleres, los edificios industriales y los edificios agrícolas tampoco están obligados a tener el Certificado Energético porque son espacios no habitables. Pero las oficinas con una superficie superior a 50 m2 ubicadas dentro de un taller, o dentro de un edificio industrial o dentro de un edificio agrícola, si están obligadas a tener el Certificado energético cuando se vayan a alquilar o a vender.
Un local en bruto o un edificio sin acabados, no necesitan el Certificado energético, ni tampoco los locales o edificios en los que se va a producir un cambio de uso. Pero en cuando un local o un edificio se cambia de uso, como hace falta su proyecto de obra y de actividad, el proyecto deberá incluir el Certificado energético porque se considera como una obra nueva.
En Castilla y León se registra un Certificado energético por cada local comercial y oficina. Por ejemplo, si en un mismo local comercial hay tres referencias catastrales, entonces se realiza un único certificado, se paga una única tasa a la Junta de Castilla y León, y se especifican las tres referencias catastrales.
El Certificado energético es obligatorio para todas las viviendas, pisos, casas, chalets, locales comerciales y oficinas que se vayan a alquilar o a vender, independientemente al municipio al que pertenezcan o dónde estén ubicadas.
Sí, porque la propiedad de la casa rural o del apartamento para vacaciones es responsable de mostrar la Etiqueta energética en todos los anuncios, ofertas o publicidad destinados a la venta y por tanto tendrá que encargar previamente la realización del Certificado energético.
Si, el Certificado energético es un documento informativo. Y en el caso de las viviendas de alquiler vacacional y de las casas rurales sería un argumento comercial para su alquiler. También se puede tener el Certificado energético de un edificio de viviendas existente, obteniéndose todos los Certificados energéticos de cada uno de los pisos.
El Certificado de eficiencia energética, es un documento en el que figuran el consumo de energía primaria no renovable, expresado en kilowatio hora por metro cuadrado al año (kWh/m2 año), y las emisiones de dióxido de carbono (CO2) expresadas en KgCO2/m2 año. Cuanto menos consumo de energía primaria no renovable y cuantas menos emisiones de dióxido de carbono, entonces la vivienda, local u oficina, consumirá menos energía por cada metro cuadrado para calefacción, refrigeración, iluminación y agua caliente, y consecuentemente obtendrá una mejor Calificación energética.
El Certificado energético dependerá de: los materiales y aislamientos térmicos de fachadas, medianerías, tejados, techos, suelos, y divisiones con zonas no climatizadas; el tipo de ventanas y su superficie; las superficies en contacto con el exterior y con las zonas no climatizadas; la orientación; el rendimiento y energía para calefacción; el rendimiento y energía del aire acondicionado; el rendimiento y energía para agua caliente; y de las instalaciones de energías renovables como son la energía solar, energía eólica, energía geotérmica, etc, si hubiera. Y el Certificado energético de los locales comerciales y oficinas, también depende de la instalación de iluminación.
La Calificación energética global, clasifica de menor a mayor los KgCO2/m2 año y los kWh/m2 año. La mejor Calificación energética viene designada con la letra A, después la letra B, C, D, E, F y la peor Calificación energética tiene asignada la letra G.
La Calificación energética se obtiene exclusivamente por medio de los programas homologados por el IDEA - Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, que depende del Ministerio de Energía, Industria y Turismo.
Si, es obligatorio inscribir en el registro de internet de la Junta de Castilla y León el Certificado energético. Después de inscrito el Certificado energético, la Junta de Castilla y León enviará la Etiqueta energética a través de internet. El plazo máximo del envío de la Etiqueta energética es de tres meses desde la solicitud de inscripción en el registro de internet.
La Etiqueta energética, es una hoja creada por la Junta de Castilla y León, en la que figuran la letra de la Calificación energética de las emisiones de CO2 y la letra del consumo de energía primaria. Sólo se consigue inscribiendo el Certificado energético en el registro de internet de la Junta de Castilla y León.
Según la legislación vigente, la Etiqueta energética es válida durante 10 años y su renovación se podría realizar al finalizar los 10 años.
El Certificado energético únicamente puede ser realizado por técnicos pertenecientes a un listado de titulaciones fijado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Entre estas titulaciones está la de arquitecto.
La inscripción en el registro de la Junta de Castilla y León del Certificado energético, la solicita aquella persona física ó jurídica que se haya dado de alta en el Registro de Certificaciones de la Junta de Castilla y León. Pero como parte de la documentación a presentar a través de internet tiene que estar firmada digitalmente por el técnico redactor del Certificado energético, es mejor que sea el propio técnico redactor del certificado quien formalice todo el proceso de registro. A tal efecto, la Junta de Castilla y León dispone de una Hoja de encargo que firman el técnico redactor y la propiedad del inmueble para la inscripción en el registro del certificado.
La propiedad de la vivienda, local u oficina, es responsable de encargar la realización del Certificado energético, y también es responsable de mostrar la Etiqueta energética, que se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o al alquiler de la vivienda, local u oficina.
Si, al solicitar la inscripción en el registro de internet de la Junta de Castilla y León del Certificado energético, se crea una hoja de inscripción que da validez hasta que se obtenga la correspondiente Etiqueta energética. Y por tanto con dicha inscripción en el registro se podrá ofertar, promocionar y publicitar la vivienda, local u oficina para su venta o alquiler.
Si, la sanción mínima son 300 euros y además hay que realizar el Certificado energético y pagar la tasa a la Junta de Castilla y León. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. Las infracciones leves conllevan una multa de 300 a 600 euros, las infracciones graves una multa de 601 a 1.000 euros, y las infracciones muy graves una multa de 1.001 a 6.000 euros.
Si, la factura por la realización del Certificado energético es un gasto fiscalmente deducible en la declaración de la renta de la persona propietaria que vaya a alquilar su vivienda, local u oficina porque el Certificado energético es obligatorio por ley.
Hago el Certificado energético en los 2.248 municipios de todas las provincias de Castilla y León: Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora; dado que estoy dado de alta en el Registro de Certificaciones de la Junta de Castilla y León.
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Confío en haberte ayudado.
Buenos días, soy el presidente de una Comunidad de Propietarios y queremos alquilar la vivienda del portero que se ha quedado vacía, pero no tiene referencia catastral. Mi pregunta es ¿se puede hacer el certificado energético de la vivienda?. Gracias por su respuesta.
ResponderEliminarSaludos, Juan Hernan.
Hola Juan, el certificado energético va asociado a una referencia catastral, por lo que no se puede realizar. Además tampoco se puede inscribir en el registro autonómico. Probablemente la superficie de la vivienda se encuentre dentro de la superficie de zonas comunes, por lo que tendrán que segregarla, y legalizar el uso de vivienda. Es algo sencillo dado que la vivienda ha sido utilizada como vivienda. Consulte directamente en la oficina del catastro los pasos a seguir, porque desde allí les darán el número de referencia catastral de la vivienda. Y cuando tengan el número de referencia catastral, ya saben dónde estoy. Nos vemos, Juan.
ResponderEliminarBuenos dias, vamos a solucionar lo del catastro y después le llamaremos. Gracias de nuevo Javier.
EliminarSr. Toro, le voy a preguntar por un caso específico. Hemos heredado diez personas un piso que queremos vender. Algunos de nosotros vivimos fuera de España. ¿Nos hace falta tener el certificado energético para escriturar el piso a nombre de los herederos?.
ResponderEliminarMuy amable por atenderme.
Hola Eugenio,
Eliminarsi les hace falta tener el certificado energético para escriturar el piso a ustedes como herederos puesto que van a ser los nuevos propietarios y por tanto el piso cambia de propiedad.
Espero haberle ayudado.
Buenas tardes, le voy a hacer unas preguntas de una cosa rara.
ResponderEliminarHe vendido un piso a un familiar y ayer me llamó un tasador para ir ver la vivienda y me preguntó si tenía hecho el certificado energético. Le contesté que todavía no lo había contratado porque todo había sido muy rápido y él se ofreció a hacerlo, pero me dio un precio muy elevado. Hoy por la mañana me ha llamado un hombre de la caja de ahorros que va a dar la hipoteca preguntándome de nuevo por el certificado energético y así con buenas palabras me ha aconsejado que contrate al tasador para que haga el certificado energético.
Le pregunto a usted que sabe bastante de todo esto ¿Tengo que contratar al tasador para hacer el certificado energético? ¿Si no contrato al tasador y por ejemplo le contrato a usted, mi familiar tendría algún problema con la hipoteca? ¿Por qué me insisten en la caja de ahorros, cuando la firma no va a ser hasta dentro de dos meses?.
Muchas gracias Javier por atenderme y le digo que esto también le ha sucedido a un amigo mío que vendió un piso hace poco tiempo. Por eso me parece algo raro.
Un saludo
Carlos
Buenos días Carlos,
Eliminarpaso a contestarle:
1) Usted no está obligado a contratar al tasador. Afortunadamente hay un mercado libre y sin coacciones.
2) Su familiar no tendrá ningún problema en la hipoteca si me contrata el certificado. La tasación y el certificado son independientes.
3) En la caja de ahorros le pueden advertir que el certificado energético y el registro del mismo deben estar obligatoriamente hechos antes de la escrituración. Respecto a que en la caja de ahorros le aconsejen contratar a un técnico en concreto, todo el mundo sabe que en las cajas de ahorros y bancos se dan comisiones.
Espero haberle ayudado y ya sabe dónde estoy.