Por tanto el PAREER ya no existe como tal, ahora se llama PAREER-CRECE.
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (
IDAE), ha canalizado las ayudas provenientes de la Unión Europea y del Gobierno de España, referentes a la rehabilitación energética, en base al
Plan Nacional de Acción de Eficiencia Energética 2014-2020. Pues
¡habrá que aprovechar las ayudas!.
A continuación verás un
resumen del programa PAREER-CRECE. Pincha en cada apartado para leer su contenido:
El programa PAREER-CRECE comenzó el día 6 de mayo de 2015 y finalizará el 31 diciembre 2016. Pero si en esa fecha quedan fondos y si realmente hay solicitudes, el Ministerio podrá ampliar el plazo como máximo hasta el 31 diciembre de 2020.
Los tipos de obras e instalaciones subvencionadas deberán encuadrarse en una o más de los siguientes casos: |
▪ | Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, mejorando los aislamientos térmicos y las ventanas. |
▪ | Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación |
• | Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas. |
• | Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas. |
Las obras e instalaciones objeto de las ayudas deberán mejorar la calificación energética total del edificio en al menos una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de un tipo o varios tipos de obras e instalaciones descritas anteriormente.
▪ | Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, bien sean personas físicas, o bien sean empresas privadas o públicas. |
▪ | Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios de viviendas que tengan división horizontal. |
▪ | Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no tengan hecha la división horizontal. |
▪ | Las empresas que alquilen edificios. |
▪ | Las empresas de servicios energéticos. |
Los beneficiarios tendrán derecho a recibir una ayuda dineraria sin contraprestación complementada con un préstamo.
El importe de la ayuda directa a otorgar será la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional.
AYUDA BASE |
▪ | Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica ⇒ 30% |
▪ | Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación ⇒ 20% |
▪ | Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas ⇒ 25% |
▪ | Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas ⇒ 30% |
AYUDA ADICIONAL |
La ayuda adicional hasta alcanzar una ayuda máxima, de los siguientes criterios: |
▪ | Criterio social: obras e instalaciones que se ejecuten en edificios de Viviendas de Promoción Pública y Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial, por un órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente; o actuaciones realizadas en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas, de acuerdo con el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016. |
▪ | Eficiencia energética: actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, en la escala de CO2, o bien, incrementen en dos letras la calificación energética de partida. |
▪ | Actuación integrada: actuaciones que realicen simultáneamente dos o más tipos de obras e instalaciones subvencionables. |
▪ | Tipo de interés: Euribor + 0,0 % |
▪ | Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año) |
▪ | Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución o depósito en efectivo a favor del IDAE por importe del 20% de la cuantía del préstamo. |
▪ | Si vas a rehabilitar la fachada de tu edificio, ten en cuenta que añadir aislamiento térmico supondría aumentar el presupuesto entre un 25 y un 30 %, que es la cantidad que te subvencionan. |
▪ | Te hará falta un Informe de Evaluación de Edificio y un Proyecto y Dirección de obra o una Memoria técnica. Pincha aquí para que te de una oferta. |
▪ | Lamentablemente parece ser que en el antiguo programa PAREER no se han concedido muchas ayudas y por eso sobran tantos millones. |
▪ | Las Autonomías no hacen casi ninguna o ninguna publicidad del PAREER-CRECE porque se trata de ayudas gestionadas por el IDAE, que pertenece al Gobierno de España, a pesar de que las ayudas beneficiarían a las personas que viven en sus propias Autonomías. |
▪ | Probablemente las empresas públicas se vayan a comer la mayoría de las ayudas, lo cual no es muy ético, porque están utilizando ayudas públicas en vez de tirar de sus propios presupuestos. |
▪ | Con las ayudas para la rehabilitación energética, a parte del ahorro económico que obtendrás en tus facturas de energía, ganarás en tu propio confort. |
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